La medida de bici de tu plan de movilidad, lista y operada por nosotros.
Bicis eléctricas con la marca de tu empresa en tu centro de trabajo. Paga la empresa y tu plantilla las usa gratis. Nosotros las mantenemos, las cargamos, las aseguramos y las localizamos.
- Gratis
- para tu plantilla
- A consultar
- cuota mensual por bici
Obligatorio desde el 5 de diciembre de 2026Ley 9/2025, art. 26 · BOE
- Con la marca de tu empresa
- Sin descargar ninguna app
- Mantenimiento, carga y seguro incluidos
- Datos de uso para el seguimiento

- Wyndham Hotels & Resorts
- Petit Palace
- Room Mate Hotels
- Ona Hotels
- Hoteles Gargallo
- Sunotel
- Greystar
- Nera Living
- Blau Student Housing
- Aparto
QUÉ PIDE LA LEY
Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, artículo 26.
Lo que dice el BOE sobre los planes de movilidad sostenible al trabajo, con el artículo de cada cosa.
Quién
Empresas y entidades del sector público, por cada centro de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno.
Art. 26.1
Desde cuándo
La ley da doce meses desde su entrada en vigor, el 5 de diciembre de 2025: el plan es obligatorio desde el 5 de diciembre de 2026. El Real Decreto-ley 7/2026 redujo el plazo de 24 a 12 meses.
Art. 26.1 · RDL 7/2026, art. 63
Qué medidas
Soluciones como la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad de bajas emisiones, la compartida y colaborativa y el teletrabajo, además de seguridad vial.
Art. 26.3
Con quién
Se negocia con la representación legal de la plantilla. Si no la hay, con una comisión negociadora con los sindicatos.
Art. 26.2
Y después
Un informe de seguimiento en un plazo de dos años desde su aprobación, y otro cada dos años.
Art. 26.2
A quién se comunica
En los tres meses siguientes a su aprobación, a la autoridad que designe tu comunidad autónoma.
Art. 27.3
Dónde entra la bici
Las soluciones del plan siguen el orden de prioridad del artículo 28, que pone primero la movilidad activa: a pie y en bicicleta. Todas nuestras bicis son de pedaleo asistido, de 250 W como máximo, y el Reglamento General de Vehículos las considera ciclos: entran en la movilidad activa, que en la ley incluye desplazarse en bicicleta o ciclo. Además, la ley cita la bicicleta compartida entre los servicios de movilidad compartida.
Arts. 2.1.m, 2.1.w, 26.3 y 28.1 · RGV, anexo II
Esto es lo que dice el BOE, no asesoramiento legal. Consulta tu caso con tu asesor. Comprobado en el texto consolidado del BOE el 22 de octubre de 2026.
CÓMO FUNCIONA
Tres pasos, y tu equipo no toca una bici.
- 01
Nos cuentas tu centro de trabajo
Ciudad, cuántas personas trabajan en él y en qué turnos. Te proponemos cuántas bicis y la cuota.
- 02
Llegan las bicis con tu marca
Tus colores y tu logo en cada bici, listas para usar en tu centro de trabajo.
- 03
Las operamos nosotros
Mantenimiento, carga, seguro, GPS y atención al empleado. Tu plantilla solo tiene que cogerlas.
QUÉ INCLUYE
Tú pones el centro de trabajo. Nosotros, todo lo demás.
Tu marca
Tus colores y tu logo en cada bici. Quien la ve, ve tu empresa.
Mantenimiento
Revisiones y reparaciones, de nuestra cuenta. No te llega ninguna factura por una avería.
Carga
La carga de las baterías es cosa nuestra, no de tu equipo. Si quieres, también puede haber una estación de carga en tu centro.
Seguro
Cada bici va asegurada. No lo contratas tú ni lo gestionas tú.
GPS
Cada bici lleva GPS. Sabemos dónde está, también fuera de tu centro.
Atención al empleado
Si alguien tiene un problema con una bici, nos escribe a nosotros. En su idioma.
Sin descargar ninguna app
Se abren desde el móvil, con nuestra WebApp, o con un QR. ¿Queréis usar vuestras tarjetas de empleado? Consúltanos.
EL MODELO
Paga la empresa. Tu plantilla, nada.
La empresa paga una cuota mensual por bici y el empleado la coge cuando la necesita, sin pagar nada aparte.
¿Y las visitas y los proveedores? La ley pide que el plan también los tenga en cuenta (art. 26.3). Podemos poner bicis para quien visita tu centro y para el personal de proveedores que trabaja en él: consúltanos.
Coge la bici desde el móvil y la deja al terminar. Sin pagos ni descargas.
- 01La empresa paga una cuota mensual por bici
- 02El empleado la usa gratis
- 03Nosotros la operamos de principio a fin
DATOS PARA EL SEGUIMIENTO
La ley pide un informe de seguimiento. Te damos los datos de uso.
En un plazo de dos años desde que se aprueba el plan, y después cada dos años, hay que evaluar cómo se han implantado las medidas (art. 26.2). De la medida de bici, los datos te los damos nosotros.
Son datos de uso para los indicadores de seguimiento de tu plan. No calculamos el CO₂.
Viajes
Cuántas veces se usan las bicis de tu centro.
Horas de uso
Cuánto tiempo se usan.
Franjas horarias
A qué horas se cogen y se devuelven.
Destinos agregados
Adónde van, en un informe de destinos agregados, con los lugares de trabajo aparte.
Distancia por viaje
En las bicis cuyo candado mide la distancia, la de cada viaje.
LO QUE YA OPERAMOS
+500.000 viajes en 9 provincias.
Hoy operamos bicis eléctricas con la marca del cliente en hoteles, residencias de estudiantes y edificios de flex living, como Canvas y Be Casa, de Greystar. Las mismas bicis y el mismo equipo de operaciones, en tu centro de trabajo.
¿TE LO ESTÁ HACIENDO UNA CONSULTORA?
Pásale nuestra ficha.
Si una consultora redacta vuestro plan, tiene su propia página con la ficha de la medida de bici: qué es, qué hace la empresa y qué datos damos.
DÓNDE OPERAMOS
Bicis para tu centro de trabajo en 9 provincias de España.
Barcelona, Madrid, Valencia, Sevilla, Málaga, Illes Balears (Palma de Mallorca), Bizkaia (Bilbao), Navarra (Pamplona) y Salamanca: la provincia entera, no solo la capital. El mismo equipo de operaciones, esté donde esté tu centro.
¿Tu centro está en otra provincia? Consúltanos: la flota viaja.
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LO QUE NOS PREGUNTAN
Las dudas de quien prepara el plan de movilidad.
¿Mi empresa está obligada a tener un plan de movilidad?
Si tiene un centro de trabajo con más de 200 personas trabajadoras, o 100 por turno, sí: la Ley 9/2025 pide un plan de movilidad sostenible al trabajo para ese centro (art. 26.1). También a las entidades del sector público. Consulta tu caso con tu asesor.
¿Desde cuándo es obligatorio?
Desde el 5 de diciembre de 2026. La ley da doce meses desde su entrada en vigor, el 5 de diciembre de 2025; eran 24 y el Real Decreto-ley 7/2026 los dejó en 12. Una vez aprobado el plan, hay tres meses para comunicarlo a la autoridad que designe tu comunidad autónoma (art. 27.3).
¿La bici eléctrica sirve como medida del plan?
Sí. Todas nuestras bicis son de pedaleo asistido de 250 W como máximo: ciclos para el Reglamento General de Vehículos. La ley incluye el ciclo en la movilidad activa (art. 2.1.m) y cita la bicicleta compartida (art. 2.1.w), dos soluciones del plan (art. 26.3). No nombra la bici eléctrica: es una lectura de esos textos. Consulta tu caso con tu asesor.
¿Quién paga las bicis?
La empresa, con una cuota mensual por bici que te damos en la propuesta. Tu plantilla las usa gratis.
¿Podéis poner bicis también para visitas y proveedores?
Sí, consúltanos. La Ley 9/2025 pide que el plan tenga en cuenta no solo a la plantilla, sino también a los visitantes, a los proveedores y a cualquier persona que tenga que acceder al centro (art. 26.3). Además de las bicis para tu plantilla, podemos poner bicis para quien visita tu centro y para el personal de proveedores que trabaja en él.
¿Qué tiene que hacer mi equipo?
Nada con las bicis. El mantenimiento, la carga, el seguro, el GPS y la atención al empleado son nuestros. Si alguien tiene un problema con una bici, nos escribe a nosotros, en su idioma. Y, si quieres, también puede haber una estación de carga en tu centro.
¿Cómo se abren? ¿Hay que descargar una app?
No hay que descargar nada. Se abren desde el móvil, con nuestra WebApp, o con un QR. Si queréis usar vuestras tarjetas de empleado, consúltanos.
¿Qué datos nos dais para el seguimiento del plan?
Viajes, horas de uso, franjas horarias y destinos agregados, con los lugares de trabajo aparte. En las bicis cuyo candado mide la distancia, también la de cada viaje. Son datos de uso para los indicadores de seguimiento del plan: no calculamos el CO₂.
¿Qué pasa si no tenemos el plan a tiempo?
La ley lo considera infracción leve cuando con ello se produzca un perjuicio para el sistema de movilidad (art. 106.2), y las leves se multan con 101 a 2.000 € (art. 107.2). Lo mismo vale para el informe de seguimiento. Consulta tu caso con tu asesor.
HABLEMOS DE TU CENTRO DE TRABAJO
Dinos dónde está tu centro y cuántas personas trabajan en él.
Te contestamos en menos de 24 horas con una propuesta para la medida de bici de tu plan.